Tiene declarado la Sala Segunda del Tribunal Supremo que el derecho a la prueba se configura como un derecho fundamental y es inseparable del mismo derecho de defensa, pero no es ilimitado como ningun otro lo es. No existe un derecho incondicional a la prueba, y son los organos judiciales los que estan autorizados para ponderar la pertinencia y necesidad de cada una de ellas. En la misma lnea tiene declarado el Tribunal Constitucional que la utilizacin de los medios de prueba pertinentes para la defensa, integra el contenido de un derecho fundamental contenido en el art. 24.2 de la Constitucin, cuya infraccin no es consecuencia de cualquier denegacin judicial de peticiones de actividad probatoria, sino que requiere un efecto material de indefensin efectiva: requiere que la actividad no practicada y solicitada en tiempo y forma sea potencialmente trascendente para la resolucin del conflicto y que, sin embargo, no haya obtenido una respuesta judicial razonable acerca de su omisin. Por todo ello, esta obra recopila la doctrina jurisprudencial ms actual de los tres grandes Tribunales en relacin a la prueba en el proceso penal, la interpretacin que stos hacen de las normas y su aplicacin, incluyendo los acuerdos plenarios no jurisdiccionales del Tribunal Supremo, resultando muy til en el ejercicio del Derecho.