En el primer sentido, "administración" es el conjunto de organismos que, bajo el impulso general de los poderes políticos, atienden las múltiples intervenciones del Estado moderno en la vida de los particulares: poder central, autoridades locales, como prefectos, alcaldes, consejos generales y municipales, funcionarios y organismos públicos.En el segundo sentido, la "administración" es una actividad, la actividad que atienden todos los organismos que acabamos de indicar y que los pone en numerosas y diversas relaciones con los ciudadanos (proveedores, usuarios, víctimas de accidentes que ellos puedan provocar, etc.). El derecho administrativo es el derecho aplicable a esta actividad y a estas relaciones.